Folia Canonica 7. (2004)

STUDIES - Antonio Viana: Estructuras personales y colegiales de gobierno. Con referencia especial al problema de la movilidad humana y de la diáspora de los católicos orientales

ESTRUCTURAS PERSONALES Y COLEGIALES DE GOBIERNO 33 que admitiera excepciones amplias. A la vista de los millones de catôlicos orientales que se encuentran en la diáspora y de la necesidad de que el rito sea observado en todas partes, querlajustificarse la revision del criterio tradicional mediante la extension de lapotestad patriarcal fuerade los limites dei territorio de su Iglesia65. En efecto, en noviembre de 1988, con ocasión de la reunion plenaria de la Comisión pontificia para la revision del Código oriental, fue presentada una moción que planteaba la extension de la potestad patriarcal sobre todos los fie- les de la Iglesia sui iuris, también cuando se encontraran fuera de los limites del territorio del patriarcado. A la vista de que esta propuesta no era tradicional y superaba la competenda de la Comisión, ésta juzgó que debía ser presentada al Santo Padre. El 10.XI.1988 una carta de la Secretaria de Estado comunicô que el Papa veia necesario mantener lo dispuesto por los concilios ecuménicos, in- cluido el Vaticano II, que no habia acogido la propuesta de extender la jurisdic- ción patriarcal fuera de los confines del patriarcado66. La comunicación de la decision pontificia admitía, sin embargo, la posibilidad de que, una vez pro- mulgado el CCEO, los sinodos de las Iglesias que se encontraran en situaciones especiales pudieran plantearpropuestas para la mejor atención de los fieles que habitasen fuera dei territorio de aquellas; de manera que el Papa consideraria la posibilidad de aprobar un derecho especial y temporal en esta materia, es decir, sin derogar el principio general de la territorialidad67. A esta decision volviô a referirse Juan Pablo II enel n. 12 dei discurso de 25.X. 1990 en el Sinodo de los obispos68. Tal como se planteô en el seno de la Comisión preparatoria del CCEO, la afir- mación de la potestad territorial del Patriarca quiso hacerse compatible expresa- mente con la atención especial liacia los fieles residentes fuera dei territorio pa­triarcal. Es decir, la afirmación dei territorio patriarcal no deberia llevar consigo el descuido de los fieles en la diáspora. Ambas realidades (territorialidad patriar­65 Cfr. para toda esta cuestión, D. Salachas, sub cc. 78 § 2 y 146 en Commento al Codice (nota 20), pp. 89 y 139; además, Zuzek, Un Codice (nt. 11), 21 y ss.; Id., Canons concerning the authority (nt. 49), 29-69; Id., Alcíme note (nt. 11), 147 y 148; FÜRST, Die Bedeutung (ni. 14), 354, nota 28, ABBASS, Canonical dispositions (nt. 52), 321—325, espec.; D. LE Tour­neau, Le caractère personnel et territorial de la potestas des patriarches orientaux, en Folia canonica, 5 (2002), 87 ss. Cfr. todos estos datos en Zuzek, Un Codice (nt. 11 ), 2325 y J. Abbas, Canonical disposi­tions (nt. 52), 321 y 322, con la correspondiente documentation en Nuntia 29 (1989), 27. 67 Vide Nuntia, 29(1989), 27. 68 «Nunc, Codice promulgato, laetus ero propositiones considerare in Synodis elaboratas, subtiliter perscriptas et cum clara designatione normarum Codicis, quas opportunum videatur in ‘Jus speciale” et “ad tempus” contrahere; ad quod ceteroqui indicatur via in Canone Codi­cis, illud contingente, per clausulam respicientem ad “ius a Romano Pontifice approbatum”»: AAS, 83 (1991), 492.

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