Mitteilungen des Österreichischen Staatsarchivs 37. (1984)
SPIELMAN, Danila Cole – THOMAS, Christiane: Quellen zur Jugend Erzherzog Ferdinands I. in Spanien. Bisher unbekannte Briefe Karls V. an seinen Bruder (1514–1517)
30 Danila Cole Spielman und Christiane Thomas 1] Illustrisimo infante nuestro muy caro y muy amado hermano. Muchas vezes y por diversas partes he sido informado que algunas personas de vuestra casa os ponían en cosas que eran desservicio de la Católica Reyna mi seriora e mio e dano vuestro. Y otros hablavan palabras feas y malas en desacatamiento y perjuyzio de mi persona y hazian otras cosas dignas de mucho castigo, de lo qual después fuemos largamente gertificado” por letras que me truxó una posta en el mes de agosto pasado, y dicho y requerido en ellas lo mandase proveer, lo qual no quise hazer syn vos advertir primero dello que como sabeys lo hize, rogando os mucho en la carta que sobrello vos escreví os escusasedes de oyr semej antes cosas y os accordasedes sienpre del amor que yo os tengő y del cuydado en que bivo por vuestro acregentamiento, por que tengáys en el mundo el estado que yo deseo y vos meregéys. Agora por diversas cartas1” que con las dos postas postreras regebí he sido ynformado que aquello pasa adelante muy desordenadamente, y que las personas que goviernan vuestra casa son las mas culpadas, asy por consentillo y no castigallo como por ser partigipantes en ello. Y lo que peor es me escriven que alguna dellas se ha desmandado a hablar y escrivir a algunos grandes y cibdades desos reynos cosas escandalosas y bulligiosas. 2] Y por todo esto como vedes sy no lo remediasemos seria en desservicio nuestro y dano vuestro, que es cosa que yo mucho sentiri a por lo mucho que os amo. Y estimo que todo el fin de los que cabe vos estén que en ello endenden, es ponerme a mi en descontentamiento de vuestra persona, y a vos en desconfian- ga de lo mucho que os quiero y he de hazer por vos, como lo hizieron quando vos informaron que yo y algunos de los que mas gerca de mi estén no estuvimos bien en el asyento que se dió en vuestra casa, sabiendo el obispo de Astorga que la conclusión que estonces se tomó fue en presengia del enperador nuestro padre y senor y de madama nuestra tia senora, y que lo que se hizo fue lo que Su Majestad accordó e mandó. Y que después sobre aquello, porque el mismo obispo me dixó que vuestra casa estaba alcangada, mandé acregentaros para medio ano que me paregió era el tiempo que yo acá me podia detener otros quatro mill ducados. Y gertifiqué al dicho obispo que en siendo yo en esos reynos la primera cosa en que entenderia seria en dar orden en vuestra casa. Y aun por escusaros de la costa que el dicho obispo avia fecho le hize a el merged como sabéys de otros dos mill ducados, y asy como a quien tanta parte y tanto cuydado le cabe de vuestro acregentamiento, continuando el amor que os he tenido. 3] Y porque aquel vaya sienpre en cregimiento y no aya cosa que lo pueda diminuyr, teniendo por ynconviniente para ello, sy con semej antes personas tratasedes y os aconsejasedes, enbió a mandar al comendador mayor de Cala- trava que se vaya a residir en su encomienda y el obispo de Astorga a su obispado. Y en lugar dellos que esten en vuestro serv'icio y aconpanamiento el clavero de Calatrava, don Diego de Guevara, y musior de Laxao, mi enbaxador, a los quales mandó que su cuydado y vigilanga sea en daros y hazeros todo el plazer y servicio que sea posyble, y que vuestra persona esté en la estima que merege. Y porque como sabéys estos estén absentes hasta tanto que Hegen enbió