Hitünk, 1984 (32. évfolyam, 1-12. szám)

1984-11-01 / 11-12. szám

- 9 -3. Todo lo expuesto nos ha impulsado a creer que la manera de superar las in­comprensiones y diferencias del pasa­do está en el diálogo que toma en cu c4a con seriedad las particularida­des de cada una de las iglesias involu­cradas, o sea, la IERP con su especial sias signatarias se obligan a: A) continuar con el diálogo teológico en todos los aspectos en que la propia Concordia de Leuenberg no ha acordado; B) aceptar inmediatamente el recono­cimiento mutuo de púlpito y altar; C) buscar constantemente una mejor práctica de la comunión eclesial. 7. Por otro lado, nuestro humilde trabajo puede ser útil a los hermanos europeos que continúan reflexionando, ya que nuestros aportes procederán de un contexto distinto. 8. La Comisión Conjunta Bilateral reco­mienda: A) a la IERP que continúe con los es­fuerzos de acercamiento también en los diálogos teológicos futuros; B) a la IELU que estudie la acepta­ción de la Concordia de Leuen­berg para incentivar la comunión eclesial y el diálogo teológico. 9. Esta Comisión Conjunta Bilateral cree haber cumplido con el cometido para el que fue convocada, y está dispuesta a colaborar en el futuro de acuerdo con las decisiones de ambas iglesias. 10. Agradecemos a Dios en Cristo por su asistencia en las decisiones y a ambas iglesias por habernos encargado la ta­rea. 6. La Comisión concuerda que la Concor­dia de Leuenberg es una plataforma idónea para el acercamiento entre la IELU y la IERP hasta que la práctica actual alcance la comunión eclesial to­tal. Al aceptar este documento las igle-COMISION CONJUNTA BILATERAL IERP Federico H. Schäfer Carlos Schwittay David Emilio Weiss IELU David Jaime Calvo Carlos Lisandro Orlov Ricardo Pietrantonio Juan Ricardo Stumme Buenos Aires, 17 de Mayo de 1984 Por la Comisión Conjunta Bilateral Carlos Schwittay '4 Ricardo Pietrantonio

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