Folia Theologica 12. (2001)
Ángeles Félix Ballesta: Concilio provincial tarraconense y ?región eclesiástica Catalana?
CONCILIO PROVINCIAL TARRACONENSE 103 que todos los miembros del Tribunal supieran ceder en sus atribu- ciones, para conseguir armonizarlas y conjuntarlas, pues de lo contrario deviene una cuestión inviable24 25. La verdad es que, aunque se ha estudiado la posibilidad ofrecida por el CIC de 1983 de crear un Tribunal interdiocesano que aglutina- se ambas jurisdicciones eclesiásticas catalanas, nunca ha prospera- do, y esto es debido a la rivalidad existente entre el Tribunal Metropolitano de Tarragona que quiere conservar sus antiguos derechos y el Tribunal del Arzobispado de Barcelona, que no quiere ceder su situación privilegiada y pasar a depender de una Iglesia local como Tarragona, que carece de los servicios eclesiales y judiciales de que dispone Barcelona, y más aún en el momento actual en que han dis- minuido notablemente las vocaciones sacerdotales y se hace dificil encontrar clérigos con buena preparation juridica dedicados exclu- sivamente a estos menesteres. Si bién esto se podria solventar con la presencia de los laicos (càn. 1421 & 2 y càn.1435). Es una realidad que la pastoral ocupa el primer lugar en la Iglesia y que cada dia hay menos sacerdotes, y menos, que se interesen por el Derecho Canónico. Parece que este quede en un segundo lugar, asi como los Tribunales y todo lo que tenga que ver con la Iglesia judicante. De ahi, que si hay pocos canonistas, debemos aprovechar- los y tender hacia la concentration, o sea, que si en cada Diócesis hay un Tribunal eclesiâstico que lleva pocas causas, salvo Barcelona que dobla el conjunto de causas dei resto de Cataluna, tal vez en atención a la eficacia seria conveniente la concentration para un mejor aprovechamiento de sus capacidades y técnicas. VI. Vías de solución El Papa Wojtyla dejô bien claro en 1995, en un discurso ante la Asamblea General de las Naciones Unidas, que todas las nationes tienen derecho a la existencia y a avanzar por la historia de acuerdo 24 Este movimiento reformista se inició ya a principios de la década de los anos setenta por los Vicarios judiciales, Dr. Malaquias Zayas y Dr. Jaume Riera. 25 En Cataluna lo más factible y que seguramente no encontraría oposición de la Santa Sede, séria empezar por un Tribunal interdiocesano compuesto por Barcelona, Girona y Vic, (es posible que Solsona también se uniese en un futuro próximo) y que la apelación se hiciese en Barcelona.