Folia Theologica 12. (2001)

Ángeles Félix Ballesta: Concilio provincial tarraconense y ?región eclesiástica Catalana?

CONCILIO PROVINCIAL TARRACONENSE 103 que todos los miembros del Tribunal supieran ceder en sus atribu- ciones, para conseguir armonizarlas y conjuntarlas, pues de lo con­trario deviene una cuestión inviable24 25. La verdad es que, aunque se ha estudiado la posibilidad ofrecida por el CIC de 1983 de crear un Tribunal interdiocesano que aglutina- se ambas jurisdicciones eclesiásticas catalanas, nunca ha prospera- do, y esto es debido a la rivalidad existente entre el Tribunal Metro­politano de Tarragona que quiere conservar sus antiguos derechos y el Tribunal del Arzobispado de Barcelona, que no quiere ceder su situación privilegiada y pasar a depender de una Iglesia local como Tarragona, que carece de los servicios eclesiales y judiciales de que dispone Barcelona, y más aún en el momento actual en que han dis- minuido notablemente las vocaciones sacerdotales y se hace dificil encontrar clérigos con buena preparation juridica dedicados exclu- sivamente a estos menesteres. Si bién esto se podria solventar con la presencia de los laicos (càn. 1421 & 2 y càn.1435). Es una realidad que la pastoral ocupa el primer lugar en la Iglesia y que cada dia hay menos sacerdotes, y menos, que se interesen por el Derecho Canónico. Parece que este quede en un segundo lugar, asi como los Tribunales y todo lo que tenga que ver con la Iglesia ju­dicante. De ahi, que si hay pocos canonistas, debemos aprovechar- los y tender hacia la concentration, o sea, que si en cada Diócesis hay un Tribunal eclesiâstico que lleva pocas causas, salvo Barcelona que dobla el conjunto de causas dei resto de Cataluna, tal vez en atención a la eficacia seria conveniente la concentration para un mejor aprovechamiento de sus capacidades y técnicas. VI. Vías de solución El Papa Wojtyla dejô bien claro en 1995, en un discurso ante la Asamblea General de las Naciones Unidas, que todas las nationes tienen derecho a la existencia y a avanzar por la historia de acuerdo 24 Este movimiento reformista se inició ya a principios de la década de los anos setenta por los Vicarios judiciales, Dr. Malaquias Zayas y Dr. Jaume Riera. 25 En Cataluna lo más factible y que seguramente no encontraría oposición de la Santa Sede, séria empezar por un Tribunal interdiocesano compuesto por Bar­celona, Girona y Vic, (es posible que Solsona también se uniese en un futuro próximo) y que la apelación se hiciese en Barcelona.

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