Folia Canonica 13-14. (2010-2011)

STUDIES - José Miguel Viejo-Ximénez: Las nouvellae del Decreto de Graciano

LAS NOVELLAE DEL DECRETO DE GRACIANO 57 Otra manó aprovechó el espacio en blanco y los márgenes para introducir d.p.c.40 - C.41 - d.p.c.41. La adición sobre las apelaciones se copió en las Exceptiones de Aa 23 y se repitiô en la colección de adiciones bolonesas de Fd. Estos datos sugieren que su incorporación al Decretum no debió ser muy tar­di a204. Las très auténticas de las adiciones de Aa23 Bc Fd son las mismas que las de edF. Todos los testimonios gracianeos unifican Si quis y Appellatore cessante (ex Nov. 49) bajo la misma inscription y utilizan otra étiqueta para Sed lis (ex Nov. 23). En los márgenes de los ejemplares dei Authenticum y del Código, por el contrario, cada authentica es una «C. N.» independiente205. Es poco probable que Graciano fuera el autor dei mosaico d.p.c.40 - c.41 - d.p.c.41. En este caso también cabria pensar en la utilization de un escrito so­bre las apelaciones que circuló de manera independiente. [48] Si seruus ex Nov. 123.17a (Si seruus) Cod. lust. 1.3.37 Irnerio: — D.54 C.20 (edF 213.6-10) D.54 c.20 es un mosaico de cinco authenticae, que se introducen con la in­scription constitutio noua. Las dos primeras y la última tratan de la ordenación y la profesión religiosa de siervos y adscripticios. La tercera y la cuarta, de los efectos del orden episcopal sobre la condition servil o adscripticia, las obliga­tiones curiales y la patria potestad. La Panormia incorporo el fragmento del Epitome Iuliani correspondiente a la auténtica Si seruus101’. La inscription, la extension del capitulo y unas cuantas variantes textuales permiten descartar la relation Ivo - Gratiano. Por lo demás, 2(14 Cf. Aa23 fol. 133r y las Exceptiones de fols. 258v-259v; Bc fol. 129vb-130r (texto principal y adiciones); Fd fol. 30rab (texto principal y adiciones) y las «adiciones bolofiesas» fol. 125ra-va. 205 Cf. el Authenticum de Clm 3509: (i) Si quis appellat es «C. N.» en fol. 97ra, marg. dcho. (junto a Nov. 49 pr. Hec nos dudum)\ (ii) Appelatore cessante es «C. N.» en fol. 97vb, marg. dcho. (junto a Nov. 49.2); y (iii) Lis que es «C. N.» en fol. 85rb, marg. dcho. (junto a Nov. 23.2). Algo similar ocurre en los márgens del Codex de Clm 22 (fol. 172r y 173r). 2,16 Epit. lui. 454 (115.28) = IP 3.166. El capitulo de Juliano ya aparece en la Lex romana canon­ice compta (LRCC 23 : Si seruus clericus fiat / Si seruus sciente et non contradicente — in seruitio tradatur), en los Excerpta bobiensia (Exc. Bob. 34 : Tit. 453 / Si seruus celricusfiat / Si seruus sciente et non contra­dicente — in seruitio tradatur) y en la colección Anselmo dedicata (Ans. ded. 5.184 : Ex eadem Nouella cap. 454 / Si seruus clericus fiat / Si seruus sciente et non contradicente — in seruitio tradatur). La colección del manuscrito Paris, Bibliothèque de l’Arsenal 713 (texto n. 380 : cp. 23 / Si seruus sciente et non contradicente — in seruitio tradatur) es más cercana a la Panormia. De la colección atribuida a Ivo de- penden la Collectio Pragensis I (texto n. 257 : De seruo sciente Domino in clero sortito et non sciente / Si seruus sciente et non contradicente— in seruitio tradatur) y la Collectio X partium (lOP 3.44.4 : Nouellarum constitutio 5 cap. 23 / Si seruus sciente et non contradicente — in seruitio tradatur). El capitulo de Juliano también se localiza en la colección de Vat. lat. 3830: Si seruus sciente et non contradicente — in seruitio tradatur. : Auth. 134.17a : Coll. 9.15.17a ; inserta en Vacario: Zulueta A32 Vac. 1.3 n. 12

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