Folia Theologica et Canonica 11. 33/25 (2022)

Ius canonicum

230 JÓSÉ MIGUEL VIEJO-XIMÉNEZ La hostilidad de los Emperadores paganos favoreció, en su opinion, la difu­­sión de herejias y malas costumbres en la Iglesia, porque las medidas persecu­­torias dificultaron la adopción de soluciones nonnativas. La autoridad de los santos padres reunidos en los cuatro primeros concilios afrontó la situación. Pero la actividad conciliar fiié insuficiente: la multiplicación de crímenes re­­quirió la intervención de los Romanos Pontifices, quienes en el ejercicio de su autoridad dictaron correctoria decreta. Esta explicación de SVT3 se aparta de la que se encuentra en el prólogo de la Tripartita en dos puntos: en el circulo de Ivo de Chartres se pensaba que durante los primeros siglos se pudieron celebrar algunos concilios; y junto al odio de los perseguidores de la Iglesia, la escasez de Obispos también explicaria la ausencia de sus congregaciones62. 5) El concilio de Nicea. Los maestros que dictaron las lecciones introducto­­rias de las que queda constancia gracias a las dos versiones de QO y a SVT, dedicaron unas palabras al concilio de Nicea, primero entre los generales: QO JMVX1 287b.l-4 SVT JMVX2 33-37 Sub hoc enim sancti patres in concilio Niceno de omni orbe terrarum conuenientes arriane per­­fidie condempnauerunt blasphemiam quam de inequalitate sancte trinitatis isdem Arrius assere­bat s<cilicet> diuersas in trinitate esse substantias. Consubstantialem deo patri dei filium eadem san­cta synodus per symbolum definiuit. Sub hoc enim sancti patres in concilio Niceno de omni orbe terrarum conuenientes arriane per­­fidie condemnauerunt blasphemiam, quam de ine- ; qualitate sancte Trinitatis idem Arrius asserebat, s<cilicet> diuersas in Trinitate esse substantias. Consubstantialem Patri Dei Filium eadem sancta sinodus diffiniuit. En este caso la dependencia de las Etimologias es clara: en el concilio de Ni­cea, que se reunió en tiempos de Constantino, los sancti patres condenaron la herejía arriana, por la que Arrio ensenaba la desigualdad de la Trinidad, y defi­nieren, por medio de un simbolo, que Dios Hijo es consustancial a Dios Padre. VIII. «(...) COMMUNEM HABENT MATERIAM. Communem quoque habent intentionem (...)» Séptima afirmación. Los decretos de los concilios y de los santos padres tratan sobre las órdenes (sagradas) y las dignidades eclesiásticas. El exordium iuris canonici de las prelectiones bolonesas más antiguas ter­mina con la consideración de la materia y la intención de los decretos de los 62 «A beati siquidem Petri apostolorum principis presulatu usque ad Constantini imperatoris sere­nissimi tempora, seu propter raritatem episcoporum, siue etiam propter rabiem persecutorum, aut nulla aut certe uix ulla creduntur celebrata concilia pontificum.» (https://ivo-of-chartres . github.io/tripartita/trip_a_l.pdf: consulta 13.03.23).

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