Folia Theologica et Canonica 11. 33/25 (2022)

Ius canonicum

182 JOAQUÍN SEDANO (Glossa Palatina, ca. 1210), en la Summa de Hugo de Pisa y en el aparato bolonés Ordinaturus Magister4 5. También haré uso de las primeras sumas al Decreto cuando sea necesario para la mejor comprensión de los textos dei Decreto o cuando esos comenta­­rios sean de especial interes. He escogido las obras de los decretistas disponi­bles en una edición más o menos “critica”. También he hecho uso de la Summa de Huguccio Pisano, la más importante de todas eilas, aunque algo posterior (ca. 1188). I. Grados del sacramento del orden En la primera parte del Decreto, tras las primeras 20 Distinctiones (dedicadas a las fuentes primigenias del derecho y a la distinción entre derecho natural, derecho divino, derecho secular y eclesiástico, asi como al significado de la ratio y las relaciones entre mos, consuetudo y lex) se pasa a un importante y larga sección dedicada a los oficios eclesiásticos {Distinctiones 21-80), don­­de se trata, principalemente, de los diversos grados dei sacramento dei orden; de la selección, examen y requisitos de los candidatos; asi como de la elección y acceso a las órdenes sagradas. Precisamente, en la Distinctio 21 Graciano dedica el dictum introductorio a mostrar un recorrido historico de la institúción divina de los ministros sagra­­dos, empezando por el Antiguo Testamento (“Summi enim Pontifices et mino­res sacerdotes a Deo sunt instituti per Moysen [...]”)*. En este recorrido se muestran los diversos grados dei sacramento dei orden: “Pro filiis uero Aaron omnes infra summum pontificem sacerdotium administrantes sunt consecrati. Inter eos quedam discretio seruata est, ut alii appellentur simpliciter ‘sacerdo­tes’, alii ‘archipresbiteri’, alii ‘corepiscopi’, alii ‘episcopi’, alii ‘archiepiscopi’ seu ‘metropolitae’, alii ‘primates’, alii ‘patriarchae’, alii ‘summi Pontifices”’. La D.23 desarrolla este argumento por extenso, mostrando las diferencias entre los diferentes oficios o grados eclesiásticos y el rito de ordenación pre­­visto para cada uno de ellos, empezando por el Romano Pontifice y acabando por los grados inferiores6. 4 Posteriormente la glosa dei Teutonico fue corregida por Bartolomé de Brescia (ca. 1240-1245) que, a su vez, incorporo glosas de Lorenzo Hispano que no habian sido utilizadas por Juan Teutonico. A partir del s. XV las ediciones dei Decreto de Graciano aportan el texto de la glosa ordinaria revisado por Bartolomé de Brescia. Sobre la glosa al Decreto vid. Weigand, R., The Development of the ‘Glossa ordinaria ’ to Gratian ’s ‘Decretum ’, in Hartmann, W. - Penning­ton, K. (ed.), The History of Medieval Canon Law in the Classical Period, 1140-1234. From Gratian to the Decretals of Pope Gregory IX, Washington, D.C. 2008. 55-97. 5 D.21 dac.l. 6 Asi lo describe el mismo Graciano al comienzo de la Distinctio: Breuiter que inter ecclesiastica offitia sit differentia monstrauimus. Nunc a summo incipientes, et iisque ad ultimum gradum

Next

/
Oldalképek
Tartalom