Folia Theologica et Canonica 10. 32/24 (2021)
Ius canonicum
176 JÓSÉ MIGUEL VIEJO-XIMÉNEZ separó los libros del Antiguo y del Nuevo Testamento —a los que dedicó el c.2 de su Decretum— de los concilios, de las obras de los Padres y de las decretales —de los que trató en el c.4—, los primeros decretistas pudieron relacionar D.19 c.6 (Agustin £?) con D.15 c.3 (Gelasio £?) porque, tras las manipulaciones antes comentadas, ambos capítulos conceden a la Iglesia romana una posición preeminente a la hora de establecer la canonicidad de un texto: “Sancta Romana ecclesia post illas ueteris et noui testamenti scripturas, quas regulariter suscipimus, etiam has suscipi non prohibet” (D.15 c.3), o también “Inter quas sane ille sint quas apostolica sedes habere” (D.19 c.6). Cuando se amplio D.19 se modificó el segundo término de la ecuación canon - Iglesias apostólicas de Agustin: la Iglesia romana desplazó a las demás Iglesias apostólicas, quienes pasaron a un segundo plano: engrosaron la lista de las Iglesias mayores que menciona la regia complementaria sobre los posibles conflictos de preferencias. Quienes manipularon el texto dei De doctrina Christiana de D. 19 c.6 pudieron inspirarse en el párrafo del Decretum Gelasianum de D.15 c.3, aunque también pudieron tener presentes D. 15 c.2 y D. 19 c. 1, dos capítulos de la CDC en los que otros dos Obispos de Roma mencionan el Derecho canonico junto a las Sagradas Escrituras. D.15 c.2 procede del Registrum de Gregorio I góbiid)72. El mes de febrero dei 591, el Papa confesaba a los Patriarcas de Constantinopla, Alejandría, Antioquía y Jerusalén que recibia y veneraba los concilios de Nicea, Constantinopla, Efeso y Calcedonia como si fueran los cuatro Evangelios. La comparación también fue empleada por Isidore de Sevilla y era conocida por los canonistas anteriores a Graciano73. De las palabras de Gregorio no puede concluirse que tuviera la intención de homologar concilios y Evangelios, o que pensara que los cánones formán parte de las Sagradas Escrituras. Pere el hecho de que el Obispo de Roma recibiera con tál solemnidad los cánones de los cuatro concilios ecuménicos, invitaba a considerarlos “escritos canónicos”, así como a utilizar el mismo rótulo, “canonicas”, para las decretales. El segundo capitulo, D.19 c.l, es de Nicolás I (85S-867)74. El mes de septiembre dei ano 865, el Papa reprendió a los Arzobispos y Obispos “per Gallias constitutis” por haber despuesto a su colega Rotado contra todo Derecho, porque se negaban a recibir las decretales pontificias no incluidas “in corpore canonum”. Para convecer al episcopado francés de que las cartas que vagaban 72 Gregorio, Registrum Epistolarum, 1.24 (MGH Epist. 1.28-37) (JH3 2099 : JE 1092). 73 Isidoro, Etymologiarum libriXX, 6.16.2 = D.15 c.l (“Inter cetera autem concilia quatuor esse scimus venerabiles synodos, quae totam principaliter fidem complectuntur, quasi quatuor evangelia, vel totidem paradisi flumina”). El texto, que se utilizó para confeccionar los prologos de la Hispana, de la Pseudoisidoriana y de la Tripartita, pasó por la Anselmo dedicata 3.2 y la Collectio duodecim partium 9.1, entre otras colecciones. 74 Nicolás I (JH3 5960 : JE 2785).