Folia Theologica et Canonica 5. 27/19 (2016)

IUS CANONICUM - Ariel David Busso, Las relaciones entre los clérigos y su efecto canónico

102 ARIEL DAVID BUSSO Pero atención. El testimonio grande supone la “unidad en esa permanencia". Los apóstoles, conociendo esta condición, debiendo reconstruir el número apostólico de los Doce, después de la muerte de Judas Iscariote, confían a Dios la determinación de la persona. El elemento decisivo, el único explicitado para insertarlo entre los candidatos al apostolado, es el siguiente: “Es necesario que uno de los que han estado en nuestra compañía durante todo el tiempo que el Señor Jesús permaneció con nosotros, desde el bautismo de Juan hasta el día de la ascensión, sea constituido junto con nosotros testigo de su resur­rección.”96 Ningún otro título, ningún otro examen, sólo el que sea testigo de la Resurrección y que haya estado siempre con ellos. La permanencia, el espíritu de colaboración, la unidad, son condiciones sine qua non para que el testimonio sea posible. Cuando un santo otorga el testimonio de santidad, es la Iglesia la que santi­fica. Cuando los sacerdotes son testigos de la solidaridad en el apostolado, no sólo afecta el buen resultado de la obra, sino que corresponde a la Verdad anun­ciada. “Yo les he dado la gloria que tu me diste, para que sean uno, como nosotros somos uno - yo en ellos y tú en mí - para que sean perfectamente uno y el mundo conoz­ca que tú me has enviado, y que yo los amé cómo tú me amaste.”97 El ministerio presbiteral lleva en sí la impronta de una radical forma comunita­ria que el término "colegialidad" evoca. La comunidad presbiteral, su sinodali­­dad es piedra fundamental para que la Iglesia sea siempre "casa y escuela de comunión”98 para las generaciones futuras. 96 Hech. 1,21-22. 97 Jn 17,22-23. 98 Juan Pablo II. Novo millenio ineunte, 4.

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