Folia Canonica 13-14. (2010-2011)
STUDIES - José Miguel Viejo-Ximénez: Las nouvellae del Decreto de Graciano
LAS NOVELLAE DEL DECRETO DE GRACIANO 57 Otra manó aprovechó el espacio en blanco y los márgenes para introducir d.p.c.40 - C.41 - d.p.c.41. La adición sobre las apelaciones se copió en las Exceptiones de Aa 23 y se repitiô en la colección de adiciones bolonesas de Fd. Estos datos sugieren que su incorporación al Decretum no debió ser muy tardi a204. Las très auténticas de las adiciones de Aa23 Bc Fd son las mismas que las de edF. Todos los testimonios gracianeos unifican Si quis y Appellatore cessante (ex Nov. 49) bajo la misma inscription y utilizan otra étiqueta para Sed lis (ex Nov. 23). En los márgenes de los ejemplares dei Authenticum y del Código, por el contrario, cada authentica es una «C. N.» independiente205. Es poco probable que Graciano fuera el autor dei mosaico d.p.c.40 - c.41 - d.p.c.41. En este caso también cabria pensar en la utilization de un escrito sobre las apelaciones que circuló de manera independiente. [48] Si seruus ex Nov. 123.17a (Si seruus) Cod. lust. 1.3.37 Irnerio: — D.54 C.20 (edF 213.6-10) D.54 c.20 es un mosaico de cinco authenticae, que se introducen con la inscription constitutio noua. Las dos primeras y la última tratan de la ordenación y la profesión religiosa de siervos y adscripticios. La tercera y la cuarta, de los efectos del orden episcopal sobre la condition servil o adscripticia, las obligationes curiales y la patria potestad. La Panormia incorporo el fragmento del Epitome Iuliani correspondiente a la auténtica Si seruus101’. La inscription, la extension del capitulo y unas cuantas variantes textuales permiten descartar la relation Ivo - Gratiano. Por lo demás, 2(14 Cf. Aa23 fol. 133r y las Exceptiones de fols. 258v-259v; Bc fol. 129vb-130r (texto principal y adiciones); Fd fol. 30rab (texto principal y adiciones) y las «adiciones bolofiesas» fol. 125ra-va. 205 Cf. el Authenticum de Clm 3509: (i) Si quis appellat es «C. N.» en fol. 97ra, marg. dcho. (junto a Nov. 49 pr. Hec nos dudum)\ (ii) Appelatore cessante es «C. N.» en fol. 97vb, marg. dcho. (junto a Nov. 49.2); y (iii) Lis que es «C. N.» en fol. 85rb, marg. dcho. (junto a Nov. 23.2). Algo similar ocurre en los márgens del Codex de Clm 22 (fol. 172r y 173r). 2,16 Epit. lui. 454 (115.28) = IP 3.166. El capitulo de Juliano ya aparece en la Lex romana canonice compta (LRCC 23 : Si seruus clericus fiat / Si seruus sciente et non contradicente — in seruitio tradatur), en los Excerpta bobiensia (Exc. Bob. 34 : Tit. 453 / Si seruus celricusfiat / Si seruus sciente et non contradicente — in seruitio tradatur) y en la colección Anselmo dedicata (Ans. ded. 5.184 : Ex eadem Nouella cap. 454 / Si seruus clericus fiat / Si seruus sciente et non contradicente — in seruitio tradatur). La colección del manuscrito Paris, Bibliothèque de l’Arsenal 713 (texto n. 380 : cp. 23 / Si seruus sciente et non contradicente — in seruitio tradatur) es más cercana a la Panormia. De la colección atribuida a Ivo de- penden la Collectio Pragensis I (texto n. 257 : De seruo sciente Domino in clero sortito et non sciente / Si seruus sciente et non contradicente— in seruitio tradatur) y la Collectio X partium (lOP 3.44.4 : Nouellarum constitutio 5 cap. 23 / Si seruus sciente et non contradicente — in seruitio tradatur). El capitulo de Juliano también se localiza en la colección de Vat. lat. 3830: Si seruus sciente et non contradicente — in seruitio tradatur. : Auth. 134.17a : Coll. 9.15.17a ; inserta en Vacario: Zulueta A32 Vac. 1.3 n. 12