Folia Canonica 13-14. (2010-2011)
STUDIES - José Miguel Viejo-Ximénez: Las nouvellae del Decreto de Graciano
14 JOSÉ MIGUEL VLEJO-XIMÉNEZ 147.60), compuesta en la Toscana (^Lucca?) después de 106323. El fragmento pasó a la Collectio Trium Librorum (3L 3.11.90), que podría ser el modelo de C.30 q.5 C.924. C.30 q.5 trata de los matrimonios clandestinos. Una primera serie de autori- dades (c.l-c.3, c.5 y c.6) prohiben las occultae nuptiae, que se declaran nulas (d.p.c.6 : «pro infectis haberi»). Los actuales d.p.c.8 y d.p.c.9, sin embargo, abren la via de la convalidación: los matrimonios clandestinos —prohibidos, en efecto, por las leyes— pueden ser corroborados «ex legitimo uoto subséquente». EI razonamiento adopta luego forma de principio: los matrimonios clandestinos son verdaderos matrimonios y no se disuelven «si utriusque confessione probari potuerunt» (d.p.c.9). Originalmente, los dicta d.p.c.8 y d.p.c.9 formában una unidad, pues las redacciones primitivas de la obra no tenian el actual C.30 q.5 c.9. Su insertion responde a la intención de aportar un nuevo ejemplo de convalidación de una unión no matrimonial25. Es la única autoridad civil en un discurso que hasta entonces descansaba sobre argumentes canonicos. No mereció comentarios especificos en el dicho final de C.30 q.5 (d.p.c.ll). [4] ex Epit. lui. 257 (71.1) : C.22 q.l c.10 Burcardo de Worms (DB 12.15) utilizó la Collectio Anselmo dedicata (Ans. ded. 12 R 1), o esta colección junto con los Libri duo de Regino de Prüm (RP 1.157 : Ans. ded. 5.87), para componer un pequeno mosaico sobre juramentos blasfemos y blasfemias, cuyos elementos principales son reconocibles en Epit. lui. 257 (71.l)26 27. De un lado, Ans. ded. 12 R 1 proporcionó Epit. Iul. 257 (71.1). De otro, Ans. ded. 5.87, o bien RP 1.157, suministró Statuta ecclesiae antiqua c.74(61), cuyas palabras pudieron inspirar la parte que se insertó antes de la penúltima frase del fragmento del Epitome?7. Desde Burcardo, la composition se 23 Cf. G. Motta (ed.), Liber canonum diversorum sanctorum patrum sive Collectio in CLXXX1II titulos digesta (MIC - B7) (Città del Vaticano 1973) 242 y 343. 24 Cf G. Motta (ed.), Collectio canonum trium librorum. Pars altera, cit., p. 141, 394 y 459. Cf. también la Collectio IX Librorum (9L 8.1.76). 25 Los elementos que llegaron tardiamente a C.30 q.5 son: (i) C.30 q.5 c.3 §1 — IP 8.6.1b, IP 6.32, TrB 3.155b, Ans. (A’ Parma) 10.73, entre otras; (ii) C.30 q.5 c.4 = Pol. 6.4.12, 3L 3.11.3; (iii) C.30 q.5 C.8 = de origen desconocido, quizá un florilegio de textos patristicos (cf. P. Landau, ‘Patristische Texte in beiden Rezensionen des Decretum Gratiani’, BMCL 23 [1999] 77-84); y (iv) C.30 q.5 c.9 = 3L 3.11.90, Ans. (A’ Parma) 10.57. 26 Por su parte, el autor de Anselmo dedicata pudo servirse de LRCC 309 (cf. C. G. Mor, Lex Romana, cit., p. 25, 31 y 202). Más tarde, la colección del manuscrite de la Bilbioteca del Arsenal 713 (texto n. 1258) y el Decreto de Ivo de Chartres (ID 12.32) difundieron Epit. lui. 257a (71.1a) Si quis per capillum — condemnatione similiter coercebitur con la inscripción Novellarum constitutio 68 cap. I. 27 Cf H. Hoffmann - R. Pokorny, Das Dekret, cit., p. 223, 258 y 273. Burcardo modificô la ûltima frase del Epitome: en lugar de «Ipse quoque praefectus urbis, si neglexerit, post Dei iudicium etiam nostram indignationem timeat.» (Epit. Iul. 257 [71.1]) escribió «Et si episcopus ista emendare neglexerit, a synodo corripiatur.». El texto recogido en DB 12.15 también aparece en las dos ver- siones de la Colección en X Partes'. CDP (1) 10.70 y CDP (2) 10.5.