Folia Theologica et Canonica 1. 23/15 (2012)

IUS CANONICUM - José Miguel Viejo-Ximénez, La Summa Quoniamin Omnibus de Paucapalea: una contribución a la Historia del Derecho Romano - Canónico en la Edad Media

152 JOSÉ MIGUEL VIEJO-XIMÉNEZ reviación del antecesor Juliano?3 Para el maestro alemán, la summa de P séria el testimonio directo más antiguo de la utilización del Epitome Juliani (Ep. Jul.) en tiempo de los glosadores4. En 1875, J. F. von Schulte considero a P el discipulo más antiguo de Gracia- no (G). Su actividad —que podría datarse c. 1144-1150— comprendió la divi­sion de la primera y la tercera parte del DG en distinciones, la introducción de algunos capítulos en la obra de su maestro, la composición de glosas y la redae - ción de una summa, cuyo prólogo comienza con las palabras «Quoniam in om­nibus rebus animadvertitur»5. Quince anos después, Schulte editó la Summa Quoniam in omnibus (SQO) de la que conocia 8 manuscritos6. El apparatus criticus y el apparatus fontium de esta edición son defectuosos e incompletos. Para identificar los pasajes romanos, Schulte partió de las conclusiones de Maassen y anadió unas pocas referencias nuevas7. Estas citas ponen de mani- fiesto, en su opinion, que P ténia un conocimiento extenso de las fuentes roma- nas. Algunos pasajes de la SQO —en el comentario a C.2 q.6— con correspon- dencias en la Summa de Bulgarus sobre el proceso, le sirvieron para sugerir la conexión de P con este discipulo de Imerio, hasta el punto de afirmar que habia escuchado sus lecciones: «dessen Vorlesungen er wohl zweifelsohne ge­hört hat»8. S. Kuttnerdató la composición de la SQO entre 1140-1148, esto es, después del DG y antes de la summa (Stroma) al DG del maestro Rolando. Kuttner dio a conocer nuevos testimonios y considero que la obra de P era una colección 3 Cf. von Savigny, J.F., Geschichte des römischen Rechts im Mittelalter, 2: Geschichte des rö­mischen Rechts in den neuen germanischen Staaten, Darmstadt 1834 (repr. Aalen 1986) 274- 318 y 471-499 y 3: Allgemeine Quellen der Literaturgeschichte. Universitäten. Rechtsquellen der Glossatores. Glossatoren als Lehrer und Schriftsteller. Büchwesen, Darmstadt 1834 (repr. Aalen 1986)490-504. 4 Cf. Maassen, F., Paucapalea, 49. 5 von Schulte, J. F., Die Geschichte der Quellen und Literatur des Canonischen Rechts von Gra- tian bis auf die Gegenwart. Erster Band. Einleitung. Die Geschichte der Quellen und Literatur von Gratian bis auf Papst Gregor Di., Stuttgart 1875 (repr. New Jersey 2000) § 23 ( 108-114). 6 Cf. von Schulte, J. F. (ed.), Die Summa des Paucapalea über das Decretum Gratiani, Giessen 1890 (repr. Aalen 1965). La reláción de manuscritos en pp. iv-vii. 7 Las relaciones de Maassen y Schulte no tienen en cuenta los capítulos del DG con pasajes justi- nianeos citados y comentados por la SQO. Sobre el Derecho justinianeo en Graciano cf. Viejo- Ximénez, J. M., El Derecho romano «nuevo» en el Decreto de Graciano, in ZRG Kan. Abt. 119 (2002) 1-19. Vœjo-Ximénez, J. M., La recepción del derecho romano en el derecho canónico, in Ius Ecclesiae 14 (2002) 375-414 (= La ricezione del Diritto romano nel Diritto canonico, in de León, E. - Alvarez de las Asturias, N. [eds.], La Cultura Giuridico-Canonica Medioeva- le. Premesse per un Dialogo Ecumenico, Milano 2003. 157-209); y Viejo-Ximénez, J. M., Las etapas de incorporación de los textos romanos al Decreto de Graciano, Bellomo, M. - Condo- relli, O. (eds.), Proceedings of the Eleventh International Congress of Medieval Canon Law (Monumenta Iuris Canonici C/12), Città del Vaticano 2006. 139-152. 8 Cf. von Schulte, J. F. (ed.), Die Summa, xv.

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